CCT130/75 CAPÍTULO IV

Convenio Colectivo de Trabajo
Nº 130/75

CAPÍTULO IV

Agrupamientos y Categorías Profesionales

 
Artículo 19 º Régimen remunerativo
Artículo 20 º Adicional por zona en Provincias del Sur
Artículo 21 º Salario Mínimo del personal de 14 a 17 años de edad
Artículo 22 º Salario en especie
Artículo 23 º Vidrieristas.Adicional
Artículo 24 º Adicional por antigüedad
Artículo 25 º Reconocimiento de la antigüedad
Artículo 26 º Cláusula transitoria
Artículo 27 º Constancia de la categorización en Libro de Sueldos y Jornales
Artículo 28 º Incremento de algunos adicionales del convenio
Artículo 29 º Trabajo a puerta cerrada
Artículo 30 º Compensación no remunerativa para Cajeros
Artículo 31 º Menores de 18 años Cajeros, Cobradores o Vendedores.Salario
Artículo 32 º Menores de 18 años emancipados. Salario
Artículo 33 º Cómputo de la edad o antigüedad para el aumento de la remuneración
Artículo 34 º Aclara que las remuneraciones establecidas por el convenio son mínimas
Artículo 35 º Choferes y Ayudantes de Choferes (corta distancia)
Artículo 36 º Choferes y Ayudantes de Choferes (larga distancia)
Artículo 37 º Cláusula transitoria
Artículo 38 º Cláusula transitoria
Artículo 39 º Cláusula transitoria
Artículo 40 º Presentismo
   
Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.      FAECyS por Regiones