Home
CCT130/75
CAPÍTULO IV
Convenio Colectivo de Trabajo
Nº 130/75
CAPÍTULO IV
Agrupamientos y Categorías Profesionales
Artículo 19 º
Régimen remunerativo
Artículo 20 º
Adicional por zona en Provincias del Sur
Artículo 21 º
Salario Mínimo del personal de 14 a 17 años de edad
Artículo 22 º
Salario en especie
Artículo 23 º
Vidrieristas.Adicional
Artículo 24 º
Adicional por antigüedad
Artículo 25 º
Reconocimiento de la antigüedad
Artículo 26 º
Cláusula transitoria
Artículo 27 º
Constancia de la categorización en Libro de Sueldos y Jornales
Artículo 28 º
Incremento de algunos adicionales del convenio
Artículo 29 º
Trabajo a puerta cerrada
Artículo 30 º
Compensación no remunerativa para Cajeros
Artículo 31 º
Menores de 18 años Cajeros, Cobradores o Vendedores.Salario
Artículo 32 º
Menores de 18 años emancipados. Salario
Artículo 33 º
Cómputo de la edad o antigüedad para el aumento de la remuneración
Artículo 34 º
Aclara que las remuneraciones establecidas por el convenio son mínimas
Artículo 35 º
Choferes y Ayudantes de Choferes (corta distancia)
Artículo 36 º
Choferes y Ayudantes de Choferes (larga distancia)
Artículo 37 º
Cláusula transitoria
Artículo 38 º
Cláusula transitoria
Artículo 39 º
Cláusula transitoria
Artículo 40 º
Presentismo
Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.
FAECyS por Regiones