CCT130/75 CAPÍTULO IV

Convenio Colectivo de Trabajo
Nº 130/75

CAPÍTULO IV

Incremento de algunos adicionales del convenio


Artículo 28 º
 
    

Toda vez que las escalas de salarios de este Convenio se incrementen por disposición del Gobierno Nacional de laudos o de convenciones de trabajo, en la misma proporción porcentual serán aumentados los importes establecidos por los artículos 23, 30 y 36 de este Convenio.

    



 

Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.      FAECyS por Regiones