CCT130/75 CAPÍTULO IV

Convenio Colectivo de Trabajo
Nº 130/75

CAPÍTULO IV

Régimen Remunerativo


Artículo 19 º
 
    

Los trabajadores comprendidos en el ámbito de la presente convención, con 18 años de edad o más, percibirán las siguientes remuneraciones mínimas mensuales

 

 

 

    
Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.      FAECyS por Regiones