L.C.T. TITULO VIII

LEY DE CONTRATO DE TRABAJO

TITULO VIII

DEL TRABAJO DE LOS MENORES

 
Artículo 187º Disposiciones generales. Capacidad. Igualdad de remuneraciones. Aprendizaje y orientación profesional
Artículo 188º Certificado de aptitud física
Artículo 189º Menores de 14 años. Prohibición de su empleo
Artículo 190º Jornada de trabajo. Trabajo nocturno
Artículo 191º Descanso al mediodía. Trabajo a domicilio. Tareas penosas, peligrosas o insalubres. Remisión
Artículo 192º Ahorro
Artículo 193º Importe a depositar. Comprobación
Artículo 194º Vacaciones
Artículo 195º Accidente o enfermedad. Presunción de culpa del empleador

 



Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.      FAECyS por Regiones