L.C.T TITULO VIII

LEY DE CONTRATO DE TRABAJO

TITULO VIII

DESCANSO AL MEDIODIA. TRABAJO A DOMICILIO. TAREAS PENOSAS, PELIGROSAS O INSALUBRES. REMISION


Artículo 191
 
    

Con relación a los menores de dieciocho (18) años de uno u otro sexo, que trabajen en horas de la mañana y de la tarde, regirá lo dispuesto en los artículos 174, 175 y 176 de esta ley.

  • Concordancias con LCT: arts. 174 (Descanso al mediodía); 175 (Trabajos a domicilio); 176 (Tareas penosas, peligrosas e insalubres)
  •     
    Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.      FAECyS por Regiones