L.C.T TITULO III

LEY DE CONTRATO DE TRABAJO

TITULO III

ALCANCE


Artículo 91º
 
    

El contrato por tiempo indeterminado dura hasta que el trabajador se encuentre en condiciones de gozar de los beneficios que le asignan los regímenes de seguridad social, por límites de edad y años de servicios, salvo que se configuren algunas de las causales de extinción previstas en la presente ley.

  • Concordancias con LCT: arts. 10 (Conservación del contrato); 50 (Prueba del contrato); 90 (Plazo); 92 bis (Período de prueba); 92 ter (Contrato a tiempo parcial); 94 (Deber de preavisar. Conversión del contrato); 231 (Plazos del preaviso); 240 (Renuncia del trabajador); 241 (Extinción del contrato por voluntad concurrente de las partes); 242 (Extinción del contrato por justa causa); 244 (Abandono del trabajo); 246 (Despido indirecto); 247 (Extinción del contrato por fuerza mayor o por falta o disminución de trabajo); 248 (Extinción del contrato por muerte del trabajador); 249 (Extinción del contrato por muerte del empleador); 251 (Quiebra o concurso del empleador) y 252 (Jubilación del trabajador)
  • Concordancias con Ley Nº 24.013: arts. 27 (Principio de indeterminación del plazo del contrato)
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    Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.      FAECyS por Regiones