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El trabajador debe prestar el servicio con puntualidad, asistencia regular y dedicación adecuada a las características de su empleo y a los medios instrumentales que se le provean.
Concordancias con LCT: arts. 25 (Trabajador); 62 (Obligación genérica de las partes); 63 (Principio de la buena fe); 85 (Deber de fidelidad); 86 (Cumplimiento de órdenes e instrucciones); 87 (Responsabilidad por daños); 88 (Deber de no concurrencia); 89 (Auxilios o ayudas extraordinarias) y 203 (Obligación de prestar servicios en horas suplementarias)
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