|
Las partes están obligadas, activa y pasivamente, no sólo a lo que resulta expresamente de los términos del contrato, sino a todos aquellos comportamientos que sean consecuencia del mismo, resulten de esta ley, de los estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo, apreciados con criterio de colaboración y solidaridad.
Concordancias con LCT: arts. 21 (Contrato de trabajo); 25 (Trabajador); 26 (Empleador); 28 (Auxiliares del trabajador); 57 (Intimaciones. Presunción); 67 (Facultades disciplinarias. Limitación); 70 (Controles personales); 74 (Pago de la remuneración); 77 (Deber de protección. Alimentación y vivienda); 79 (Deber de diligencia e iniciativa del empleador); 81 (Igualdad de trato); 83 (Invenciones o descubrimientos. Preferencia del empleador. Prohibición. Secreto); 84 (Trabajador. Deber de diligencia y colaboración); 85 (Trabajador. Deber de fidelidad); 86 (Trabajador. Cumplimiento de órdenes e instrucciones); 87 (Trabajador. Responsabilidad por daños); 88 (Trabajador. Deber de no concurrencia); 89 (Trabajador. Obligación de prestar auxilios o ayudas extraordinarias); 98 (Trabajo de temporada. Comportamiento de las partes) y 238 (Preaviso. Obligaciones de las partes)
Concordancias con Ley Nº 24.013: arts. 11 (Intimación del trabajador o gremio) y 15 (Indemnización por despido luego de intimación del trabajador)
Vínculo: Principios básicos en el Trabajo
Vínculo: Deberes y derechos del Trabajador
Vínculo: Deberes y derechos del Empleador
Jurisprudencia
|
|