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La firma no puede ser otorgada en blanco por el trabajador, y éste podrá oponerse al contenido del acto, demostrando que las declaraciones insertas en el documento no son reales.
Concordancias con LCT: arts. 12 (Irrenunciabilidad); 13 (Sustitución de las cláusulas nulas); 14 (Nulidad por fraude laboral); 15 (Acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios. Su validez); 59 (Firma. Impresión digital); 62 (Obligación genérica de las partes) y 63 (Principio de la buena fe)
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