L.C.T TITULO II

LEY DE CONTRATO DE TRABAJO

TITULO II

ENUNCIACION DEL CONTENIDO ESENCIAL. SUFICIENCIA


Artículo 46º
 
    

Bastará, a los fines de la expresión del consentimiento, el enunciado de lo esencial del objeto de la contratación, quedando regido lo restante por lo que dispongan las leyes, los estatutos profesionales o las convenciones colectivas de trabajo, o lo que se conceptúe habitual en la actividad de que se trate, con relación al valor e importancia de los servicios comprometidos.

  • Concordancias con LCT: arts. 7 (Condiciones menos favorables. Nulidad); 8 (Condiciones mas favorables provenientes de CCT); 9 (Principio de la norma más favorable para el trabajador); 10 (Conservación del contrato); 11 (Principio de interpretación y aplicación de la ley); 12 (Irrenunciabilidad); 13 (Sustitución de las cláusulas nulas); 14 (Nulidad por fraude laboral); 21 (Contrato de trabajo); 37 (Objeto del contrato. Principio general) y 45 (Consentimiento)
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    Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.      FAECyS por Regiones