L.C.T TITULO II

LEY DE CONTRATO DE TRABAJO

TITULO II

FACULTAD PARA ESTAR EN JUICIO


Artículo 33º
 
    

Los menores, desde los catorce (14) años, están facultados para estar en juicio laboral en acciones vinculadas al contrato o relación de trabajo y para hacerse representar por mandatarios mediante el instrumento otorgado en la forma que prevén las leyes locales, con la intervención promiscua del Ministerio Público.

  • Concordancias con LCT: arts. 32 (Capacidad para celebrar contrato de trabajo); 34 (Facultad de libre administración y disposición de bienes) y 35 (Menores emancipados por matrimonio)
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    Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.      FAECyS por Regiones