L.C.T TITULO I

LEY DE CONTRATO DE TRABAJO

TITUTLO I

El principio de la norma mas favorable para el trabajador


Artículo 9º
 
    

En caso de duda sobre la aplicación de normas legales o convencionales prevalecerá la más favorable al trabajador, considerándose la norma o conjunto de normas que rija cada una de las instituciones del derecho del trabajo. Si la duda recayese en la interpretación o alcance de la ley, los jueces o encargados de aplicarla se decidirán en el sentido más favorable al trabajador.

  • Concordancias con LCT: arts. 1 (Fuentes de regulación); 21 (Contrato de Trabajo) y 23 (Presunción de la exisencia del contrato de trabajo)
  • Jurisprudencia
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    Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.      FAECyS por Regiones