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En caso de duda sobre la aplicación de normas legales o convencionales prevalecerá la más favorable al trabajador, considerándose la norma o conjunto de normas que rija cada una de las instituciones del derecho del trabajo.
Si la duda recayese en la interpretación o alcance de la ley, los jueces o encargados de aplicarla se decidirán en el sentido más favorable al trabajador.
Concordancias con LCT: arts. 1 (Fuentes de regulación); 21 (Contrato de Trabajo) y 23 (Presunción de la exisencia del contrato de trabajo)
Jurisprudencia
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