L.C.T TITULO I

LEY DE CONTRATO DE TRABAJO

TITUTLO I

Empresa-Empresario


Artículo 5 º
 
    

A los fines de esta ley, se entiende como "empresa" la organización instrumental de medios personales, materiales e inmateriales, ordenados bajo una dirección para el logro de fines económicos o benéficos.

A los mismos fines, se llama "empresario" a quien dirige la empresa por sí, o por medio de otras personas, y con el cual se relacionan jerárquicamente los trabajadores, cualquiera sea la participación que las leyes asignen a éstos en la gestión y dirección de la "empresa".

  • Concordancias con LCT: arts. 6 Establecimiento); 26 (Empleador); 29 (Interposición y mediación.Solidaridad); 30 (Subcontratación y delegación. solidaridad); 31 (Empresas subordinadas y relacionadas. Solidaridad); 64 (Facultad de organización) y 65 (Facultad de dirección)

  • Concordancias con Ley Nº 24.013: art. 95 (Empresas afectadas por reducciones del empleo) y 98 (Procedimiento previo a la comunicación de despidos o suspensiones por razones de fuerza mayor, causas económicas o tecnológicas)

  • Concordancias con Ley Nº 24.467: art. 83 (Definición de Pequeña Empresa)

    

 



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