Jornada Trabajo Artículo 3

Jornada de Trabajo
Reglamentario de Ley 11544

Artículo 3

PAGO DE LA JORNADA NORMAL

 

El pago de la jornada, establecida en una cualquiera de las formas indicadas en los artículos precedentes no dará lugar a recargo de sueldos o salarios.

 

Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.      FAECyS por Regiones