CCT130/75 CAPÍTULO XVII

Convenio Colectivo de Trabajo
Nº 130/75

CAPÍTULO XVII

Cláusula transitoria


Artículo 99 º
 
    

Lo acordado en el presente Convenio no podrá ser invocado a los fines de la interpretación y aplicación de los Decretos Leyes Nros.18.610 (t.o. 1971) y 19.772.

    



Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.      FAECyS por Regiones