CCT130/75 CAPÍTULO XV

Convenio Colectivo de Trabajo
Nº 130/75

CAPÍTULO XV

Comunicaciones al personal en tableros o pizarras


Artículo 95 º
 
    

Las empresas deberán instalar, en lugar adecuado un tablero o pizarra, que será utilizado por los representantes sindicales para efectuar comunicaciones al personal.

    

 

 

 

Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.      FAECyS por Regiones