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Durante el embarazo, la empleada tendrá derecho a que se le acuerde un cambio provisional de tareas y/u horario, si su ocupación habitual perjudica el desarrollo de la gestación según certificación médica. En caso de discrepancia fundamental entre los profesionales de las partes, se estará a lo que dictamine la Secretaria de Estado de Salud Pública de la Nación o en su defecto las autoridades provinciales o municipales pertinentes.
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