CCT130/75 CAPÍTULO XI

Convenio Colectivo de Trabajo
Nº 130/75

CAPÍTULO XI

Derecho de la empleada durante el embarazo


Artículo 73 º
 
    

Durante el embarazo, la empleada tendrá derecho a que se le acuerde un cambio provisional de tareas y/u horario, si su ocupación habitual perjudica el desarrollo de la gestación según certificación médica. En caso de discrepancia fundamental entre los profesionales de las partes, se estará a lo que dictamine la Secretaria de Estado de Salud Pública de la Nación o en su defecto las autoridades provinciales o municipales pertinentes.

    

 

 

 

Acuerdos con Secretaría de Conv. Col.      FAECyS por Regiones